Hace escasamente 12 días, nuestro cliente era detenido y pasado a disposición judicial 🏛 por la comisión de un presunto delito de robo con violencia o intimidación 👊🏾 y de lesiones ⚔.
En dicha denuncia, se sostenía que nuestro cliente había forcejeado con la víctima y su acompañante con el fin de sustraerles el bolso y que, en ese íter circunstancial, les provocó una serie de lesiones. 🏥
Desde el Juzgado de Guardia en el que fue detenido se decretó la medida cautelar de ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.⛓
Desde entonces, nos pusimos a trabajar mano a mano con la familia 🙇🏼♀ para recopilar toda la documentación necesaria, pues, entendíamos que la medida cautelar que se le había impuesto era desmesurada y que NO era la más idónea a las circunstancias.
La estrategia para obtener la libertad se basaba en:
Las posibles penas a imponer en un caso hipotético, teniendo en cuenta la atenuante de drogadicción 💊, no superaban la pena de 2 años de prisión.
Nuestro cliente no tenía antecedentes penales ni policiales, por lo que no había riesgo objetivo de reincidencia.
Tenía un arraigo absolutamente acreditado en España, que conllevaba que no hubiera riesgo objetivo de fuga.
No había riesgo de destrucción, alteración u ocultación de pruebas porque ya estaban todas en los autos.
No había riesgo objetivo de que presuntamente pudiera atentar contra las presuntas víctimas, debido a que se trataba de gente aleatoria a la que no conocía.
🏛 Celebramos comparecencia en el Juzgado competente para ver si procedía ratificar la prisión provisional y el Juzgado:
✅ Ordena la inmediata puesta en libertad de nuestro cliente bajo una serie de medidas cautelares menos gravosas:
♦ Comparecencias apud actas (firmas en el Juzgado) cada 15 días para corroborar que sigue en España.
♦Prohibición de salida del territorio nacional.
Desde Ibarz Abogados estamos muy contentos con el resultado y seguiremos peleando por los derechos de nuestros clientes.👏🏾